domingo, 15 de julio de 2012

Análisis de los contenidos laborales del Real Decreto-Ley 20/2012. ¿Hacia dónde va el Estado del Bienestar en España? ¿Hacia dónde le lleva el gobierno? (I)


1. Hoy entran en vigor dos nuevos Reales Decretos-Leyes aprobados el viernes por el Consejo de Ministros y publicados ayer en el Boletín Oficial del Estado (no sólo somos campeones europeos en fútbol sino también en número de RDL publicados durante 2012). Se trata del RDL 20/2012 de 13 de julio, “de medidas para garantizar laestabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad”, y del RDL21/2012, de la misma fecha, “de medidas de liquidez de las AdministracionesPúblicas y en el ámbito financiero”.

El propósito de esta entrada del blog es el de efectuar un primer análisis de los contenidos más directamente laborales (aquellos que tienen una incidencia directa en materia de empleo y de Seguridad Social) del primero, aunque no quiero dejar de destacar en esta introducción que el segundo también tiene un impacto indudable sobre el empleo en el sector público; en efecto, la norma crea un mecanismo de apoyo a la liquidez de las Comunidades Autónomas, y aquellas que se acojan al mismo deberán elaborar una amplia documentación para el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que incluirá “impacto de las medidas de ahorro y  medidas de ingresos previstas y calendario previsto de impacto en presupuesto”, siendo controlado el Plan por el Ministerio. Además, aquellas CC AA que ya disponen de un plan de ajuste, y me remito a anteriores entradas del blog para el análisis de otras medidas adoptadas por el gobierno en esta misma línea, podrán también acogerse a la nueva norma y en tal caso “deberán realizar las modificaciones necesarias en su plan de ajuste para garantizar en todo caso el cumplimiento de los nuevos compromisos que adquieren”. Traducido, ello quiere decir que serán necesarios más ajustes (= despidos) en el sector público para acogerse al recién creado “Fondo de liquidez autonómico”.

2. Las medidas publicadas en el BOE fueron parcialmente anunciadas por el Presidente del Gobierno, Sr. M. Rajoy, en su intervención en el Pleno del Congreso de losDiputados el miércoles 11, y fueron parcialmente explicadas por el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Sr. C. Montoro, en la rueda de prensaposterior al Consejo de Ministros. También fueron parcialmente explicadas en la referencia de prensa del Consejo publicada en la web de La Moncloa, e insisto en la parcialidad porque en el texto del BOE, el que vale, hay medidas no anunciadas ni el miércoles ni el viernes. Por cierto, quienes tienen una mejor información económica de las medidas adoptadas son la prensa internacional y los organismos públicos europeos e internacionales, ya que a ellos se dirige elresumen en inglés de las medidas adoptadas y en el que se detalla el ahorro económico que supondrán las mismas para el erario público, información no facilitada (al menos hasta donde mi conocimiento alcanza) en documentos publicados en castellano. Baste indicar aquí que se trata de recortes por importe superior a 56.000 millones de euros, y que 13.760 saldrán de las reducciones (perdón “racionalización” según terminología oficial) de las prestaciones por desempleo (1.990 en 2012, 5.805 en 2013 y 6.049 en 2014).

3. Las medidas se ajustan en gran medida a las Recomendaciones del Consejo Europeo, al Informeelaborado hace poco tiempo por el Fondo Monetario Internacional sobre nuestropaís y del que realicé una explicación en este blog, y a las propuestas de laOCDE contenidas en varios de sus documentos y con especial atención al Informede este año, en el que al analizar la situación de España se valora positivamente la reforma laboral, se insiste en la reducción de la protección laboral a los contratos indefinidos, y se piden “cambios en el seguro de desempleo que tiendan a eliminar incentivos inadecuados en trabajadores y empresas que hoy tienden a fomentar la contratación temporal y a través de un fortalecimiento de los efectivos de re-empleo para los servicios de los demandantes de  empleo”.

Son, sin duda, las Recomendaciones del Consejo Europeo las que inspiran gran parte de las medidas adoptadas por el gobierno español, y basta con leer con atención la Recomendación de 6 de julio “sobre el Programa Nacional de Reforma 2012 de España y por la que se emite un dictamen del Consejo sobre el Programa de Estabilidad de España para 2012-2015” para darse cuenta de ello. Entre las recomendaciones que el Consejo pide a España que adopte durante este año y 2013 se encuentran algunas inmediatamente acogidas que deseo destacar:

-- “Aplicar reformas en el sector público destinadas a mejorar la eficiencia y la calidad del gasto público en todos los niveles de la Administración Pública”.

-- Asegurar que la edad de jubilación vaya aumentando en función de la esperanza de vida a la hora de regular el factor de sostenibilidad previsto en la reciente reforma del sistema de pensiones”.

-- “Incidir en la baja proporción de impuestos procedentes del IVA, aumentando la base imponible de este impuesto”.

-- “Aplicar las reformas del mercado laboral y tomar medidas adicionales encaminadas a aumentar la eficacia de las políticas activas del mercado de trabajo mejorando sus destinatarios, aumentando la utilización de los servicios de formación, de asesoramiento y de acoplamiento entre la oferta y la demanda de empleo, intensificando sus vínculos con las políticas pasivas, y reforzando la coordinación entre los servicios públicos de empleo nacionales y autonómicos, incluido el intercambio de información sobre ofertas de empleo”.

Me parece necesario detenerme, aunque sea con brevedad, en algunas de las explicaciones ojustificaciones dadas por M. Rajoy en el Congreso para defender las medidasadoptadas, y dejo a los lectores y lectoras del blog que tengan (mucha) paciencia la lectura de todo el debate parlamentario. El presidente explicó que las medidas adoptadas “traducen a la dimensión nacional” los acuerdos adoptados en el Consejo Europeo celebrado los días 28 y 29 de junio, y también, como ya he indicado, se ajustan a las Recomendaciones emitidas para nuestro país, y antes de su concreción no dejó de manifestar que hemos recuperado competitividad pero a costa de reducir empleo, y que la reforma laboral (RDL3/2012 ahora convertido en Ley 3/2012 y con entrada en vigor el 8 de julio) “ha buscado en la flexibilidad y la moderación salarial una alternativa más justa y eficiente al despido”. Desde luego, los datos disponibles (públicos y aquellos que tengo oportunidad de conocer por mi actividad profesional) avalan que se está produciendo una importante reducción salarial en muchas pequeñas y medianas empresas, pero que ello no está impidiendo el crecimiento del número de despidos individuales o colectivos, dada la opción que tiene el empresario de elegir medidas de flexibilidad interna o externa casi a su entera conveniencia.

El presidente anunció medidas para mejorar el funcionamiento de las administraciones, la realización de esfuerzos “adicionales” en materia de gastos e ingresos, y la puesta en marcha de reformas estructurales “para impulsar la flexibilidad y la competitividad de nuestra economía”, con una medida bien concreta que probablemente se plasme en la reforma prevista de las Administraciones Locales: “la drástica reducción – e incluso eliminación – de empresas públicas en el ámbito local” por considerarlas ineficientes, duplicar o triplicar servicios y suponer “un evidente despilfarro del gasto público”. ¡Cómo me gustaría que el Presidente utilizara la palabra “despilfarro” para referirse a algunas actividades de los poderes públicos que nada tienen que ver con el interés de la gran mayoría de ciudadanos españoles!

El Sr. Rajoy fue “calentando el terreno” con la referencia al incremento de efectivos en el sector público y el descenso en el sector privado (sin ninguna matización que ayudara a entender las cifras) para concluir que es necesario ahorrar en el sector público  y lanzó sus primeros dardos sobre los trabajadores (laborales y funcionarios) y los representantes sindicales, al afirmar que el ahorro se concretará “por poner un ejemplo, se reducirá el número de días de libre disposición, se ajustará el número de liberados sindicales a lo dispuestos estrictamente en la ley..”, y poco después anunció una de sus medidas estrella: la “suspensión del abono de la segunda paga extraordinaria” que se percibe en Navidad (permítanme un comentario irónico: puestos a suprimir una paga, hubiera sido más coherente hacerlo con la del mes  de junio-julio, por las raíces políticas dictatoriales que tiene, e incluso esta medida le hubiera dado un cierto “pedigrí” democrático al gobierno, pero claro, no pueden esperar a 2013 porque debemos cumplir las “Recomendaciones” ( = obligaciones) de la Unión Europea). Por cierto, ya adelanto que el Presidente realizó una afirmación que después no se ve reflejada en el BOE, ya que dijo que la suspensión de la paga sería compensada a partir de 2015 “con la correspondiente aportación en forma de fondo de pensiones”, mientras que en el texto del BOE la norma sólo hace referencia a la posibilidad de adoptar esta medida “en futuro ejercicios”. Una vez ya lanzado, el Presidente anunció otra medida “de gran impacto” (bueno, de imagen y populista sí, de contenido económico muchísimo menos): la reducción, perdón “recorte”, palabra esta vez sí utilizada por M. Rajoy, del 20 %de las partidas presupuestarias para partidos políticos y organizaciones sindicales y empresariales en el presupuestos de 2013, enfatizando que este recorte se añadirá “al que ya se hizo en 2012”.

No estoy seguro que la página 10 del BOCD en el que se publica el debate del día 11 de julio pueda ser leída por una persona desempleada que está sufriendo la crisis y que está buscando empleo sin que sufra un gran enfado, por decirlo de forma muy suave, por la explicación del Presidente. Al anunciar la reducción de la cuantía de la prestación por desempleo (del 60 al 50 % de la base reguladora a partir del día 181 de percibo de la prestación), argumentó en primer lugar que las medidas que se adoptan tratan de evitar que el modelo de prestaciones por desempleo implique que estas “no generen efectos desincentivadores en la búsqueda de empleo”, y una concreción fue que “para animar a la búsqueda activa de empleo” de los nuevos perceptores de prestaciones (la reforma no será de aplicación, al menos según lo dispuesto en el BOE de ayer, a los actuales perceptores) se producirá la reducción indicada. Igualmente, anunció medidas para “ajustar” la edad de jubilación, el incremento del IVA y la rebaja de las cotizaciones sociales en un punto en 2013 y otro más en 2014 (¿cómo afectara está medidas a la sostenibilidad del sistema público de Seguridad Social?), concluyendo que el paquete de consolidación fiscal anunciado “representará una cifra de 65.000 millones de euros en los próximos dos años y medio”, de cuya concreción, reitero, nos hemos enterado de momento únicamente a través de la nota del Minhap en inglés, de la que destaco su referencia a “A substantial review of unemployment benefit regime and of social security contributions”. El Presidente  finalizó su intervención, en el turno de réplica, con una frase a la que son aficionados muchos dirigentes políticos cuando las cosas no van cómo ellos desearían, destacando la necesidad de “actuar con la mayor responsabilidad posible, y no tener más criterio que uno, la defensa del interés general”. Por cierto, se me ocurre una pregunta al presidente: ¿la amnistía fiscal fue una medida tomada por el interés general de todos los españoles, incluidos aquellos que siempre han cumplido escrupulosamente con las leyes?

4. Paso ahora explicar algunos de los contenidos más destacados a mi parecer, desde la perspectiva laboral, de las 91 páginas delBOE que acogen el RDL, recordando que un intento mayor de síntesis lo realicé ayer en mi cuenta de twitter. El texto dispone de un largo preámbulo de 17 páginas, de contenido sustancialmente económico y en donde supongo que se habrá pedido ayuda a los juristas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social para darle la cobertura y explicación mínimamente necesaria de la medidas adoptadas, 50 páginas de texto articulado, con modificación de numerosas normas laborales y de Seguridad Social, y 24 páginas de disposiciones adicionales, transitorias y finales. He de confesarles que efectué la lectura de la norma “al revés” de cómo debe hacerse, empezando por el final y acabando con el  preámbulo, para de esta forma no empezar “caliente” la lectura del texto articulado, ya que últimamente, y el RDL 20/2012 no es una excepción, los preámbulos de los RDL tienen mucho más de ideología pura y dura que no de explicación del contenido del texto articulado. Pero, en fin, ahora vuelvo a la seriedad jurídica y realizo la explicación por orden, en el bien entendido que la explicación es conjunta de las tres partes, o dos, de la norma, cuando así lo considere necesario para su mejor entendimiento. Por cierto, no estaría de más, aunque se trate de palabras que se usan en el argot económico, respetar el diccionario de la RAE e intentar reconvertir la palabra “prociclicidad” en alguna otra que sea aceptada por la Academia.

Me decía un buen amigo jurista ayer por la tarde que no había sido capaz de pasar del preámbulo de la norma, por lo nervioso que se había puesto al leerlo y las argumentaciones que se contienen para justificar las medidas adoptadas, y desde luego entendí en gran medida su enfado: las medidas se adoptan, según el preámbulo (supongo que redactado en su gran parte por economistas) para diseñar una estrategia de política económica que sea “capaz de concitar la credibilidad de los mercados financieros”, teniendo muy claro sus redactores (aquello que piensen la mayor parte de españoles es harina de otro costal) que las nuevas reformas adoptadas “a medio plazo… serán inequívocamente positivas para recuperar el crecimiento de la economía, de la producción y del empleo”. Les confieso que yo también he tenido con leer con bastante paciencia buena parte del preámbulo, en especial aquella en la que se explican las medidas adoptadas de supresión de algunas bonificaciones a la Seguridad Social en las contrataciones laborales (desde luego no se han suprimido las del contrato estrella, para el gobierno, de la reforma laboral, el de apoyo a los emprendedores), y de reducción (perdón. “racionalización”) de la cuantía de las prestaciones por desempleo, ya que la reducción del gasto en las medidas adoptadas se explica de la siguiente forma: “la incidencia la han soportado especialmente aquellos gastos más superfluos o con efectos más débiles sobre los incentivos de los agentes económicos”. Por cierto, la palabra “trabajador” aparece en pocas ocasiones en el preámbulo, y debe ser porque no les gusta, ¿es demasiado antigua, demodé?, para quienes redactan ahora las normas.

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